ACUERDO MDT-2019-235

Que, el numeral 9 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: «El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución «;

Que, el numeral 1 del articulo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: «A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión

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SRI ECUADOR EXPLICA SOBRE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

El Jefe Nacional de Servicios Tributarios del SRI Ecuador, Ab. Guillermo Belmonte explica sobre la «facturación electrónica».
El Servicio de Rentas Internas informa a todos los contribuyentes que ya pueden adherirse al nuevo esquema de Facturación Electrónica, que permitirá la emisión de los siguientes comprobantes: Facturas, Comprobantes de Retención, Notas de Crédito y de Débito y Guías de Remisión.
La obligación de emitir y entregar un comprobante de venta, establecida en la Ley, no faculta al sujeto pasivo emisor a realizar cobro alguno por este concepto. El SRI controlará que los emisores de comprobantes autorizados no realicen cobro alguno por la emisión de dichos documentos, de lo contrario serán sancionados.

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